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Registro electrónico de jornada 2027: qué debes saber
Por Equipo Hunters 547 ·
Datos vigentes a octubre de 2026. Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
El registro electrónico de jornada 2027 ya está en la Ley Federal del Trabajo: registrar inicio y fin de la jornada de cada persona trabajadora, entregarlo a la autoridad cuando lo pida y, si fue acordado, hará prueba plena. Faltan las disposiciones de la STPS sobre ámbito y excepciones. Aquí va lo que sí dice el Diario Oficial, las multas y qué preparar ya.
Respuesta rápida
- Obligación: registrar de manera electrónica la jornada de cada persona trabajadora, con horario de inicio y finalización, y proporcionarlo a la autoridad cuando se requiera (LFT, art. 132, fr. XXXIV).
- Decreto: entró en vigor el 1 de mayo de 2026 (DOF 01-may-2026, transitorio primero).
- Disposiciones de la STPS: el mismo artículo encarga a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social emitir disposiciones de carácter general sobre ámbito de aplicación y excepciones. Esas disposiciones entran en vigor el 1 de enero de 2027 (transitorio quinto).
- Al momento de publicar este artículo (octubre de 2026): esas disposiciones aún no aparecen publicadas en el DOF. Ámbito y excepciones siguen pendientes de esos lineamientos.
- Prueba plena: el contenido del registro electrónico hará prueba plena si se acredita que fue acordado entre la persona trabajadora y la empleadora.
- Multa: de 250 a 5,000 UMA por incumplir la fr. XXXIV (art. 994, fr. IV Bis). Con la UMA 2026 de $117.31 (INEGI): $29,327.50 a $586,550.00.
Qué dice exactamente el artículo 132, fracción XXXIV
El decreto del 1 de mayo de 2026 adicionó la fracción XXXIV al artículo 132 de la LFT (última reforma DOF 14-05-2026; PDF de la reforma 52). El texto vigente obliga a:
- Registrar de manera electrónica la jornada laboral de cada persona trabajadora.
- Incluir el horario de inicio y finalización.
- Proporcionarlo a la autoridad cuando se le requiera.
- La STPS expedirá las disposiciones de carácter general que determinen el ámbito de aplicación y excepción.
- El contenido del registro hará prueba plena si se acredita que fue acordado entre persona trabajadora y empleadora.
A octubre de 2026 esa fracción no fija un software concreto, un formato de archivo ni la lista de centros exceptuados. Eso es lo que deben precisar las disposiciones de la STPS.
Calendario: qué ya aplica y qué espera a 2027
Conviene separar tres fechas:
- 1 de mayo de 2026: entra en vigor el decreto (transitorio primero). Quedaron en la LFT la obligación del art. 132, fr. XXXIV, la regla de prueba plena y la multa del art. 994, fr. IV Bis.
- 1 de enero de 2027: entran en vigor las disposiciones de carácter general del registro electrónico (transitorio quinto). También baja la jornada ordinaria a 46 horas semanales (transitorio segundo).
- Publicación de los lineamientos: la ley no fija un plazo distinto para que la STPS los publique; solo dice que entran en vigor el 1 de enero de 2027. A octubre de 2026 no constan en el DOF esas disposiciones. Hasta que salgan, el detalle de a quién aplica y quién queda exceptuado sigue pendiente.
El periodo del 1 de mayo al 31 de diciembre de 2026 (transitorio tercero) permite ajustar procesos. Úsalo para inventariar la asistencia y documentar el acuerdo con tu plantilla, sin esperar los lineamientos al último día.
Qué debes registrar y entregarlo a la autoridad
Lo mínimo que hoy dice la fr. XXXIV es:
- Inicio y fin de la jornada.
- Por cada persona trabajadora.
- En formato electrónico.
- Disponible para proporcionarlo a la autoridad cuando lo requiera.
La jornada, conforme al art. 58 de la LFT, es el tiempo durante el cual la persona trabajadora está a disposición de la persona empleadora. Eso importa en home office, campo o rutas. Mientras la STPS no publique excepciones, no asumas que cierto giro queda fuera.
En juicio, el patrón ya debía conservar controles de asistencia cuando los lleva (arts. 804 y 805) y acreditar la jornada (art. 784). El registro electrónico refuerza esa evidencia.
Prueba plena y acuerdo trabajador-empleador
El último párrafo de la fr. XXXIV señala que el contenido del registro electrónico hará prueba plena si se acredita que fue acordado entre la persona trabajadora y la empleadora.
En la práctica, conviene dejar por escrito cómo se registra la jornada, que la persona trabajadora conozca y acepte el procedimiento, y conservar evidencia alineada con el art. 804 y con la prescripción de un año (art. 516). Sin acuerdo acreditado, la ley no atribuye prueba plena. En Nuevo León, el Centro de Conciliación Laboral del Estado es una vía de conciliación prejudicial.
Multas: 250 a 5,000 UMA en pesos 2026
El art. 994, fr. IV Bis, impone multa de 250 a 5,000 Unidades de Medida y Actualización a la persona empleadora obligada que incumpla la fr. XXXIV del art. 132.
La UMA diaria vigente desde el 1 de febrero de 2026 es de $117.31 (INEGI, comunicado 1/26):
- 250 UMA × $117.31 = $29,327.50
- 5,000 UMA × $117.31 = $586,550.00
El art. 992 calcula con la UMA al momento de la infracción; en reincidencia se duplica la multa; y si un acto afecta a varios trabajadores, hay sanción por cada uno. La autoridad fija el monto. Estas cifras solo convierten el rango a pesos.
Relación con la jornada de 40 horas y las horas extra
El registro electrónico nace en el mismo decreto que reduce la jornada ordinaria y redefine el tiempo extraordinario. Léelo junto con:
- La guía de la jornada laboral de 40 horas: calendario 48 → 46 → 44 → 42 → 40 horas (2026 a 2030).
- El artículo de horas extra 2026: límites, pago y multas: tope de extras gradual (9 h en 2026 y 2027), pago con 100% más y 200% más, y máximo de 12 horas diarias entre ordinaria y extraordinaria.
Sin marcas de inicio y fin es más difícil demostrar el tope ordinario y de extras. Para el impacto en nómina, revisa el costo real de un empleado en Nuevo León 2026.
Qué puedes preparar ya (sin lineamientos publicados)
Mientras la STPS no publique las disposiciones, no afirmes que un software concreto es el único obligatorio. Sí puedes:
- Inventariar cómo registras hoy la asistencia (biométrico, app, QR, hoja) y en qué centros.
- Detectar la brecha: ¿registras inicio y fin de cada persona, todos los días, de forma electrónica y recuperable?
- Documentar el acuerdo por escrito del procedimiento con la plantilla (base de la prueba plena).
- Asegurar respaldos y exportación para entregar a la autoridad un extracto por persona y periodo.
- Definir el marcado en home office y campo conforme al tiempo a disposición (art. 58).
- Alinear el sistema con la bajada a 46 horas ordinarias en 2027 y el tope de 9 horas extra semanales de ese año.
- Seguir el DOF para ajustar ámbito, excepciones y plazos apenas salgan las disposiciones.
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Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo es obligatorio el registro electrónico?
Desde el 1 de mayo de 2026 está en la LFT. Las disposiciones de la STPS entran en vigor el 1 de enero de 2027. A octubre de 2026 aún no están en el DOF.
¿Qué datos mínimo debo registrar?
Inicio y fin de la jornada de cada persona, de forma electrónica, y entregarlos a la autoridad cuando lo requiera (art. 132, fr. XXXIV).
¿Ya salieron los lineamientos de la STPS?
No. A octubre de 2026 no constan en el DOF; ámbito y excepciones siguen pendientes.
¿El registro hace prueba plena automáticamente?
Solo si se acredita que fue acordado entre persona trabajadora y empleadora.
¿Cuánto es la multa?
250 a 5,000 UMA (art. 994, fr. IV Bis): $29,327.50 a $586,550.00 con la UMA 2026. Puede ir por cada trabajador afectado y duplicarse en reincidencia (art. 992).
¿Debo comprar un software específico?
La fr. XXXIV no nombra proveedor. Exige registro electrónico de inicio y fin; el detalle lo fijarán las disposiciones de la STPS.
¿Cómo se relaciona con las 46 horas de 2027?
El 1 de enero de 2027 entran las disposiciones del registro y baja la jornada a 46 horas. Las marcas ayudan a demostrar tope ordinario y extras.
Aviso
Este contenido es informativo y se basa en el DOF y en la LFT vigentes a octubre de 2026. No sustituye asesoría legal. Las disposiciones de la STPS pueden precisar ámbito, excepciones y operación; revisa el DOF y tu caso concreto antes de decidir.
Fuentes
- DOF 01-may-2026: Decreto que reforma la Ley Federal del Trabajo en materia de reducción de la jornada laboral (art. 132 fr. XXXIV, art. 994 fr. IV Bis; transitorios primero, segundo y quinto)
- DOF: popup del decreto 5786537 (texto íntegro del decreto de jornada)
- Ley Federal del Trabajo (última reforma DOF 14-05-2026), arts. 58, 132 fr. XXXIV, 516, 784, 804, 805, 992 y 994 fr. IV Bis
- Cámara de Diputados: reforma 52 a la LFT (DOF 01-05-2026)
- INEGI, comunicado 1/26 (8-ene-2026): valor de la UMA 2026 ($117.31 diarios desde el 1 de febrero de 2026)
- Centro de Conciliación Laboral del Estado de Nuevo León
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