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REPSE 2026: qué es, a quién aplica y cómo se renueva

Por Equipo Hunters 547 ·

Datos vigentes a octubre de 2026. Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.

El REPSE es el registro de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) para quien presta servicios u obras especializadas con personal propio en beneficio de otra empresa. Aquí va qué es, a quién aplica, qué pide en 2026, cuándo se renueva y qué arriesga quien contrata sin registro.

Respuesta rápida

  • Qué es: el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas, que forma el padrón público de la STPS en repse.stps.gob.mx (art. 15 LFT).
  • A quién aplica: a quien pone trabajadores propios a disposición de un cliente para un servicio u obra que no forma parte de su objeto social ni de su actividad preponderante (art. 13).
  • Qué está prohibido: la subcontratación de personal (art. 12).
  • Renovación: cada tres años, dentro de los tres meses anteriores al vencimiento (DOF 21-feb-2024).
  • Cambios de 2026: desde el 10 de junio, alta, renovación y cancelación son un solo trámite (STPS-086-002), con menos documentos para quien tiene hasta 10 trabajadores (DOF 09-jun-2026).
  • Multa por operar o contratar sin registro: de 2,000 a 50,000 UMA; con la UMA 2026 de $117.31, de $234,620 a $5,865,500 (art. 1004-C).

Qué es el REPSE y de dónde viene

La reforma de subcontratación del DOF del 23 de abril de 2021 cambió seis leyes laborales y fiscales. El esquema quedó así en la Ley Federal del Trabajo (texto vigente con última reforma DOF 14-05-2026):

  • Art. 12: prohíbe proporcionar o poner a disposición trabajadores propios en beneficio de otra persona.
  • Art. 13: permite subcontratar servicios u obras especializadas ajenos al objeto social y a la actividad preponderante de quien los recibe, si el contratista está en el padrón.
  • Art. 14: contrato por escrito con el objeto y el número aproximado de trabajadores. Si el contratista incumple con sus trabajadores, el contratante es responsable solidario.
  • Art. 15: registro ante la STPS, estar al corriente en lo fiscal y en seguridad social, y renovación cada tres años.

Si estás ajustando turnos por la jornada laboral 40 horas, aprovecha para revisar qué parte de tu operación depende de proveedores con personal en tus instalaciones.

REPSE: a quién aplica

La prueba de los dos filtros

Para saber si un proveedor necesita REPSE, la ley combina dos condiciones:

  1. Puesta a disposición de personal. Según la STPS, existe cuando los trabajadores del contratista laboran en un centro de trabajo del contratante, o bajo su responsabilidad, de manera permanente, indefinida o periódica.
  2. Especialidad. El servicio u obra no debe formar parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante del cliente.

Si se cumplen ambas, el proveedor debe estar registrado. Si el servicio sí forma parte de la actividad principal del cliente, no hay registro que lo arregle: el art. 12 lo prohíbe.

Ejemplos para aterrizarlo

  • Un proveedor de mantenimiento industrial que envía técnicos cada semana a una planta de autopartes: el mantenimiento no es la actividad preponderante de la planta, así que, en principio, ese proveedor necesita REPSE.
  • Un proveedor que pone operadores en la línea de producción de una fábrica: es personal en la actividad principal del cliente, supuesto que prohíbe el art. 12.
  • Un proveedor que trabaja desde sus propias oficinas, sin personal en las instalaciones del cliente, en principio no encaja en la puesta a disposición que describe la STPS. Cada contrato se analiza por separado.

Empresas del mismo grupo

Los servicios complementarios o compartidos entre empresas de un mismo grupo empresarial también se consideran especializados si no forman parte del objeto social ni de la actividad preponderante de quien los recibe (art. 13), y también requieren registro.

Reclutar personal no es subcontratar

El mismo art. 12 de la LFT señala que las agencias de empleo o intermediarios pueden participar en el reclutamiento, selección, entrenamiento y capacitación, y que no se consideran patrones: ese carácter lo tiene quien se beneficia de los servicios.

En la práctica:

  • Si una agencia busca, filtra y presenta candidatos y tu empresa los contrata directamente, tú eres el patrón: das de alta al trabajador en el IMSS, pagas su nómina y cumples sus prestaciones. Eso es reclutamiento, no subcontratación.
  • Si un proveedor mantiene a los trabajadores en su nómina y los coloca en tus instalaciones, ya entras al terreno de los arts. 12 a 15 y debes revisar si es un servicio especializado registrado o una subcontratación prohibida.

Las agencias de colocación con fines de lucro tienen su propio trámite de autorización ante la STPS, distinto del REPSE. Para ver cómo se organiza un proceso de búsqueda, revisa nuestra guía de reclutamiento de personal en Monterrey.

REPSE requisitos en 2026

Requisitos de fondo

Según el art. 15 de la LFT y el artículo octavo de las disposiciones de la STPS (modificadas en el DOF del 21 de febrero de 2024):

  • Estar al corriente ante el SAT, el IMSS y el Infonavit al solicitar. La plataforma consulta las opiniones de cumplimiento en automático; si una sale negativa, se aclara con la institución que la emite.
  • Precisar el servicio u obra que se quiere registrar y que esté dentro del objeto social (o, en personas físicas, en la constancia de situación fiscal).
  • Acreditar, bajo protesta de decir verdad, que la actividad es especializada: capacitación, certificaciones, permisos, equipamiento, activos, nivel de riesgo, rango salarial y experiencia, entre otros.
  • Entrar con e.firma vigente de la persona física o moral solicitante.

Documentos tras la simplificación de junio de 2026

El Acuerdo de simplificación publicado en el DOF el 9 de junio de 2026 fusionó inscripción, renovación y cancelación en el trámite STPS-086-002 y distinguió por tamaño:

  • Hasta 10 trabajadores: formulario en línea, más constancia de inscripción en el RFC (persona física) o acta constitutiva con objeto social vigente (persona moral). Se eliminaron identificación oficial, poder notarial, comprobante de nómina, registros patronales, comprobante de domicilio y cédula de cuotas del SUA.
  • Más de 10 trabajadores: siguen todos esos documentos, salvo el comprobante de domicilio.

Plazo de respuesta

La LFT da a la STPS 20 días para resolver, con afirmativa ficta si no responde tras un requerimiento (art. 15). El acuerdo de 2026 bajó el tiempo de resolución a 5 días hábiles (hasta 10 trabajadores) y 15 días hábiles (más de 10).

REPSE: cuánto cuesta

Ni la LFT ni los acuerdos de la STPS revisados para esta guía prevén un pago de derechos por el registro o la renovación, que se tramitan en línea. El costo real está en estar al corriente con SAT, IMSS e Infonavit, alinear el objeto social y sostener los informes periódicos.

REPSE: cada cuándo se renueva

  • Vigencia: tres años contados desde la fecha de inscripción en el padrón. Una actualización o modificación (por ejemplo, agregar actividades) no reinicia el plazo.
  • Ventana: en los tres meses anteriores al vencimiento, en el módulo «Renovación de Registro», que solo se abre en el periodo del calendario del acuerdo de 2024. Por ejemplo, un registro otorgado en noviembre de 2023 tenía su ventana de agosto a octubre de 2026, y uno de diciembre de 2023, de septiembre a noviembre de 2026.
  • Registros de 2024 en adelante: usan los mismos meses del calendario de 2022 y 2023 (transitorio primero).
  • Si no se renueva a tiempo: la plataforma cierra el módulo y la STPS cancela el registro. Para volver, hay que hacer una inscripción nueva y la vigencia se cuenta desde esa nueva fecha.
  • Aviso a clientes: una vez renovado, el prestador debe informarlo a sus clientes.

Padrón público: cómo verificar a un proveedor

En repse.stps.gob.mx, botón «Consultar Padrón», busca por razón social, RFC o folio. Si el registro está vigente verás el número de aviso, la vigencia y las actividades autorizadas; si no aparece, no tiene registro activo. Revisa además:

  • Que la actividad autorizada coincida con lo que dice tu contrato.
  • Que la vigencia cubra el periodo en que pagas el servicio.
  • Que el contrato incluya el número de registro y el número aproximado de trabajadores (art. 14).

Qué debe revisar la empresa contratante

Efectos fiscales

  • Código Fiscal de la Federación, art. 15-D: los pagos por subcontratación de personal no son deducibles ni acreditables. Los servicios especializados sí pueden serlo si el contratista tiene registro y se cumplen los requisitos de las leyes del ISR y del IVA (CFF, última reforma DOF 09-04-2026).
  • ISR, art. 27, fracción V: al pagar, el contratante verifica el registro y obtiene copia de los CFDI de nómina de esos trabajadores, del entero de retenciones y de los pagos al IMSS e Infonavit (LISR).
  • IVA, art. 5, fracción II: además, copia de la declaración de IVA del contratista y su acuse de pago del periodo, que debe entregar a más tardar el último día del mes siguiente (LIVA).

Seguridad social e informativas ICSOE y SISUB

  • IMSS: el art. 15 A de la Ley del Seguro Social obliga al prestador a informar sus contratos cada cuatrimestre, a más tardar el día 17 de enero, mayo y septiembre, con datos del contrato, de los trabajadores (CURP, NSS y salario base de cotización) y copia del registro, en el sistema ICSOE del IMSS. Omitirla o presentarla tarde se multa con 500 a 2,000 UMA, es decir, de $58,655 a $234,620 en 2026 (arts. 304 A, fracción XXII, y 304 B, fracción V).
  • Infonavit: el art. 29 Bis de la Ley del Infonavit pide una informativa equivalente con las mismas fechas, que se presenta en el sistema SISUB.
  • Responsabilidad solidaria: ambas leyes la imponen al contratante si el proveedor incumple.

Multas laborales

El art. 1004-C de la LFT sanciona con 2,000 a 50,000 UMA a quien subcontrate personal, a quien preste servicios especializados sin registro y, con la misma multa, a quien se beneficie de la subcontratación en contra de los arts. 12 a 15. Con la UMA 2026 de $117.31, el rango va de $234,620 a $5,865,500, sin contar otras responsabilidades. El monto concreto lo fija la autoridad según el caso.

Para comparar contra personal propio, revisa el costo real de un empleado en Nuevo León.

Checklist rápido para tu empresa

  1. Haz una lista de proveedores que tienen personal en tus instalaciones de forma permanente o periódica.
  2. Compara cada servicio con tu objeto social y tu actividad preponderante.
  3. Consulta a cada proveedor en el padrón público y anota vigencia y actividades autorizadas.
  4. Revisa que cada contrato esté por escrito, con objeto, número aproximado de trabajadores y número de registro.
  5. En cada pago, pide los CFDI de nómina, pagos al IMSS e Infonavit, entero de retenciones y declaración de IVA.
  6. Agenda las fechas de renovación de tus proveedores y las informativas del día 17 de enero, mayo y septiembre.
  7. Si un servicio cae en la actividad principal de tu empresa, evalúa contratar ese personal directamente.

Si decides integrar a ese personal a tu plantilla, en Hunters 547 te ayudamos con el reclutamiento y la selección para que tu empresa contrate de forma directa: conoce el servicio en reclutamiento de personal o pide una cotización.

Preguntas frecuentes sobre el REPSE

¿El REPSE lo tramita el proveedor o el cliente?

El proveedor. El cliente no se registra, pero verifica el registro, guarda la documentación y responde de forma solidaria si el proveedor incumple.

¿Una agencia de reclutamiento necesita REPSE?

Si solo recluta y selecciona candidatos que contrata directamente la empresa cliente, el art. 12 de la LFT la trata como intermediario y no como patrón; eso no es subcontratación. Si además mantiene a los trabajadores en su nómina y los coloca con el cliente, el análisis cambia.

¿Qué pasa si el REPSE de mi proveedor vence?

Si no renovó en su ventana, la STPS cancela el registro: los pagos pueden perder efectos de deducción y acreditamiento, y ambas partes quedan expuestas a la multa del art. 1004-C.

Fuentes

Etiquetas: repse, repse 2026, repse qué es, repse requisitos, renovación repse, padrón público repse, subcontratación de servicios especializados, reforma laboral

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